Liquidación de deuda de Tasa General de Inmuebles (TGI)
A través de este trámite el contribuyente podrá imprimir liquidaciones correspondientes a uno o más períodos ya vencidos. Para realizar el trámite online deberá conocer el Padrón y Clave correspondiente.
Documentación a aportar
En caso de realizar el trámite en forma presencial, deberá presentar:
- Documento de identidad del interesado
En el supuesto de que un representante del interesado realice el trámite deberá presentar, además:
- Documento de identidad del representante
- Documento que acredite el carácter de representante
Requisitos
Las deudas a liquidar deben encontrarse en gestión administrativa.
Quién puede realizar el trámite
Titular del padrón municipal de la Tasa General de Inmuebles o un representante.
Cómo y donde lo puede realizar
1. A través de la Oficina Virtual: seleccionando la opción "Iniciar Trámite".
Iniciar tramite en Oficina Virtual
2. Presencialmente: presentando la documentación requerida en los centros de atención municipales, detallados a continuación:
- Palacio Municipal. Salta 2951 - Planta Baja: de lunes a viernes de 7.30 a 14 hs.
- * Centros de distritos: de lunes a viernes de 7 a 17 hs. Durante el mes de ENERO el horario de atención será de lunes a viernes de 7 a 14 hs.
- Distrito Centro: Estación Belgrano -Bv. Gálvez 1150 TEL 4571530 / 32
- Distrito Este: Prado Español- Av. General Paz y Hernandarias. TEL 4806812-13/4578418
- Distrito La Costa: Ruta 1 Km 2,7. TEL: 4982741/42/44
- Distrito Norte: Jardín Botánico- Av. Gorriti 3900. TEL 4578625/26
- Distrito Noreste: Aristóbulo del Valle 9446. TEL: 4650561
- Distrito Noroeste: La Tablada- Tte. Loza 6970. TEL: 4578417
- Distrito Noroeste: La Tablada- Tte. Loza 6970. TEL: 4578417
- Distrito Noroeste: La Tablada- Tte. Loza 6970. TEL: 4578417
Costos
Si realiza el trámite en las oficinas municipales: $150. Si realiza el trámite online: SIN COSTO.
Observaciones
Cuando se quiera reimprimir más de un período vencido se generará una única liquidación, la cual incluirá los intereses correspondientes, salvo las excepciones estipuladas en la Ordenanza Fiscal Municipal.
Vigencia
El vencimiento de la liquidación opera el último día hábil del mes en el que se solicita la misma.
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