Solicitud o renovación de exención de Tasa General de Inmuebles (TGI)

A través de este trámite los titulares o responsables de inmuebles que se encuentren exentos del pago de la Tasa General de Inmueble en forma total o parcial, podrán solicitar o renovar la exención presentando la documentación correspondiente.

Documentación a aportar

Documentación básica:

  • Documento de identidad del titular y del cónyuge, original y copia
  • Nota dirigida a la Dirección de Rentas solicitando la exención de la Tasa General de Inmuebles
  • Documentación específica del tipo de exención (Ver Descargas y Enlaces)
  • Escritura del inmueble
  • Boleta de la Tasa General de Inmuebles

En el supuesto de que un representante realice el trámite, deberá presentar, además:

  • Documento de identidad del representante
  • Documento que acredite el carácter de representante

Además de la documentación detallada, el Gobierno de la Ciudad se reserva el derecho a requerir documentación adicional que estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite.

Requisitos

Deberán cumplirse los requisitos que establece la Ordenanza Fiscal Municipal para cada tipo de exención o descuento.

Quién puede realizar el trámite

Titular del padrón municipal de la Tasa General de Inmuebles o un representante.

Cómo y Dónde lo puede realizar

1. De forma online través de la Oficina Virtual Iniciar Trámite

2. Presencialmente: presentando la documentación requerida en los centros de atención municipales, detallados a continuación:

  • Palacio Municipal. Salta 2951 - Planta Baja: de lunes a viernes de 7.30 a 14 hs.
  • Centros de distritos: de lunes a viernes de 7 a 17 hs. Durante el mes de ENERO el horario de atención será de lunes a viernes de 7 a 14 hs.
    • Distrito Centro: Estación Belgrano -Bv. Gálvez 1150 TEL 4571530 / 32
    • Distrito Este: Prado Español- Av. General Paz y Hernandarias. TEL 4806812-13/4578418
    • Distrito La Costa: Ruta 1 Km 2,7. TEL: 4982741/42/44
    • Distrito Norte: Jardín Botánico- Av. Gorriti 3900. TEL 4578625/26
    • Distrito Noreste: Aristóbulo del Valle 9446. TEL: 4650561
    • Distrito Noroeste: La Tablada- Tte. Loza 6970. TEL: 4578417
    • Distrito Oeste: Cementerio- Blas Parera 5401. TEL: 4578640
    • Distrito Suroeste: Estación Mitre- General López 3685. TEL: 4571651

Costo

La realización de este trámite no tiene costo.

Observaciones

Una vez aprobada la exención, la misma rige con retroactividad a la fecha de presentación de la solicitud. En caso de que se modifiquen las circunstancias que dieron origen a la exención (fallecimiento del titular, venta, donación, usufructo, etc.), es responsabilidad del titular del inmueble informar esta situación solicitando la baja del beneficio.

Documento que obtiene el usuario

Copia de la Resolución expedida por la Dirección de Rentas.

Vigencia

La exención se mantendrá vigente mientras no se modifiquen las circunstancias que le dieron origen. En caso de exenciones otorgadas a personas físicas, las mismas deberán ser renovadas anualmente.